Remodelaciones en la propiedad horizontal

Las remodelaciones en la Propiedad Horizontal (sea ésta un centro comercial, residencias u otro tipo de inmueble); pueden incluir diversas reparaciones en paredes, pisos y techos (goteras, grietas o filtraciones…), cambios en el diseño y funcionalidad de un espacio, o simplemente renovación de pintura.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que en esta forma de copropiedad estos gastos deben compartirse si afectan las aéreas comunes; como fachadas, terrazas, pisos, techos, sótanos, entre otros.

Por consiguiente, remodelar puede generar un impacto mínimo, como el cambio de una lámpara; o uno mayor, como un rediseño de la fachada.

De este modo los copropietarios podrán modificar elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios; siempre y cuando no altere la estructura general de la propiedad, la seguridad, la apariencia exterior o perjudique los derechos de otros copropietarios.

Normativas generales que rigen la remodelación de un inmueble bajo régimen de Propiedad Horizontal

En tanto que las remodelaciones sobre áreas comunes son atendidas directamente por la administración; los trabajos requeridos por particulares deben cumplir una serie de recomendaciones que permitan completar la obra en muy buenos términos.

Establecimiento de multas y sanciones generales

Por otro lado, la administración también puede imponer sanciones en caso de incumplimiento de las normas establecidas; de manera que exista una corresponsabilidad entre el contratante (copropietario), la contratista y la administración de la propiedad. En este sentido, algunas medidas disciplinarias pueden ser:
  • Si durante la remodelación ocurre algún daño a un área en común o inmueble ajeno a la obra, el copropietario deberá asumir las reparaciones a las que haya lugar.
  • En caso de que el copropietario altere la fachada de la Propiedad Horizontal sin el consentimiento del 66% de las unidades inmobiliarias, el estudio de un arquitecto y la aprobación de las autoridades competentes; será obligado a la reposición de los elementos modificados.
  • En caso de negativa al cumplimiento del punto anterior, la administración impondrá una multa representativa dependiendo de la gravedad de la falta hasta que se cumpla con lo establecido (Art 29, num 7 de la ley que establece el régimen de Propiedad Horizontal. Junio 2010).

En conclusión, para que las remodelaciones en la Propiedad Horizontal puedan llevarse a cabo de manera satisfactoria; todas las partes encargadas de hacerlas deberán cumplir con las directrices impuestas en la ley y demás lineamientos internos.

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